El principio de confianza-24

El principio de confianza-24

Rafael Rodríguez Tapia

 

Capítulo 10

La adecuación de la confianza (y la desviación)

(Cont.)

 

Lo requieren porque, si se incurre en desviación, esa función comienza a dejar de ser satisfactoria, y pasa, obligada, a satisfacer otras necesidades; y se abandona así la satisfacción de las necesidades que define esa función. Por ilustrarlo brevemente, la función sanitaria deja de ser satisfactoria si las gentes se entregan a ser diagnosticadas y curadas por un gurú incriticable e inexaminable pero de gran carisma, en quien depositan, en consecuencia, una confianza irracional carismática. Las sociedades democráticas, sus instituciones y sus fines, son un constructo muy alejado de lo intuitivo e inmediato, fruto de incontables cálculos y reflexiones, que a pesar de estar inevitablemente conectados con las genuinas necesidades de las personas se han guiado por la convicción de que hay que hacer entrar la razón, lo «no natural», en la convivencia, para hacer esta posible. Y eso descarta la relación afectiva con las instituciones, que ni han sido creadas con afecto ni por los afectos ni para los afectos. Tenemos repetidas pruebas del peligro de los afectos que irrumpen en la vida pública. Quizá pudiera ser de otro modo; quizá todos podrán elegir en lo sucesivo otros modos de convivencia; de momento, en las sociedades que tenemos, la relación de confianza con las instituciones que encarnan las cuatro funciones fundamentales es, por definición, la confianza racional a posteriori pública. Cuando ha dejado de ser así en ciertas ocasiones históricas, las democracias han desaparecido de diversos modos. La desviación de la confianza, aquí, debe ser evitada por encima de todo.

 

Capítulo 11

Examen de confianza: adecuación, lealtad, precisión

 

Ahora podemos proponer que el examen del cumplimiento del principio de confianza puede ser suficiente para evaluar la salud de las instituciones democráticas. No es que todo deba reducirse a ello, ni que sea el mejor calibre para esa tarea, sino que por sí solo basta para ofrecer un diagnóstico, así como probablemente otros contrastes también sirvan.

Se pueden ordenar los criterios expuestos hasta este momento y, con el cuidado necesario para no incurrir en esquematismos inadecuados, fijar un número manejable de nociones de entre todas las contempladas al escudriñar las interioridades del fenómeno de la confianza, a través de las cuales y expresando el estado de las cuales, podamos acceder al estado de salud de esas instituciones o funciones. En realidad, se podría proceder a examinar el estado de cualquier relación con persona, grupo, profesional o entidad, pero nuestra intención en estas páginas es más modesta y se limita al examen de las funciones públicas.

Seguramente hay diferentes modos de sintetizar las nociones para este examen; a continuación proponemos uno posible:

  • en primer lugar, verificar que la relación cuyo cumplimiento del principio de confianza se quiere examinar es en efecto una relación de confianza;
  • en segundo lugar, cerciorarse de que se trata de una confianza del tipo adecuado al sujeto, al objeto y al contenido, y no una confianza desviada;
  • en tercer lugar, asegurarse de que el contenido verdadero de la confianza coincide con el contenido anticipado, es decir, que no hay traición de la confianza;
  • y en cuarto lugar, si cumple con el principio de precisión.

Además pueden examinarse otros elementos, propios de la naturaleza de cada institución, que deberán explicarse en cada caso, y que incluirán desde criterios técnicos y profesionales hasta, probablemente, éticos o más abstractos. Es importante subrayar esto para adelantarse a un posible tropiezo: una función social puede no estar resultando satisfactoria pero no por ello estará esa insatisfacción poniendo en peligro el edificio social, porque pudiera ser que su mal funcionamiento se deba a simples errores profesionales o técnicos, y no a deficiencias profundas (o «estructurales», si aceptamos por un momento la terminología menos dinámica) o permanentes o de concepto general. Es decir: un hospital puede funcionar mal durante un tiempo a causa de un mal director, o de unos profesionales deficientes en un servicio en particular, pero es evidente que eso no supone la quiebra de la función sanitaria; o una curva de una autovía puede estar mal construida, pero aunque exija reconstrucción eso no significará el fin de la función infraestructural.

¿Cómo calibrar, entonces, la gravedad de una insatisfacción institucional, y su irreparabilidad o su profundidad, y qué línea separa los problemas reparables y no «estructurales», por graves que puedan ser, de los problemas irreparables que exigirían un rediseño de esa institución o función?